Los detectives privados recibimos muchas demandas de investigación relacionadas con la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar. Es fácil y sencillo.
El divorcio, en especial si es con hijos, es una situación excepcional en la vida. Es algo similar a la ruptura de un contrato pero que en muchas ocasiones no corta sino que perpetúa el vínculo entre dos personas.
Parecería lógico esperar que, tras una ruptura, una y otra parte pudieran iniciar una vida independiente una de la otra pero no siempre es así. Excepto en matrimonios de corta duración y de gran independencia económica de ambos cónyuges en los que no haya habido descendencia, la situación tiende a complicarse y la relación a perpetuarse.
Cuando la capacidad económica de la pareja era limitada o el valor de la vivienda suponía gran parte de su patrimonio, el uso de la vivienda familiar constituye uno de las mayores fuentes de conflicto.
Hoy nos referiremos a las viviendas en propiedad desde la óptica del detective privado acostumbrado a lidiar con este tipo de temas. Empecemos con algo de base legal en el tono habitual de este blog, de manera divulgativa sin conceptos jurídicos complejos.
Para que lo entienda tu tía del pueblo.
Base legal sobre el uso y disfrute de la vivienda familiar
La práctica varía mucho entre tener o no hijos en común, por lo que vamos a diferenciar ambos casos de manera clara.
Sin hijos. Al que más lo necesite por su situación económica.
Cuando no hay hijos de por medio, el uso de la vivienda familiar acaba recayendo en el cónyuge “que más lo necesite” en función de su situación económica, de salud o familiar analizadas por la objetiva visión de un juez.
En estos casos, los más sencillos, cualquier variación significativa de la situación inicial puede llevarnos a una modificación de la medida. Ojo al término “modificación significativa” porque será importante a partir de ahora, no vale cualquier pequeño cambio sin importancia, “significativa” significa “significativa”.
Una modificación significativa, por ejemplo, sería la muerte de un familiar cuyo cuidado originó la inicial adjudicación de la vivienda.
Con hijos. Cubrir necesidad de vivienda de los hijos.
Cuando hay hijos la cosa varía, puesto que lo que prevalece en primer lugar y lo que resulta de máxima protección por la legislación (como debe ser) es el interés y los derechos de esos menores.
Aunque los progenitores, ambos, son normalmente los principales interesados siempre en su bienestar, se cuida el estado de tutelar que efectivamente esos menores vivan en las mejores condiciones posibles.
Por todo esto, en estos casos la “modificación significativa” debe serlo lo suficiente como para que la necesidad de vivienda de los hijos quede absolutamente garantizada. Ningún juez en sus cabales dictará una modificación de adjudicación de la vivienda familiar sin asegurarse de que la necesidad de vivienda de los menores está totalmente cubierta.
Nueva pareja, ¿esencial modificación de las circunstancias?
Sin duda el inicio de una nueva relación de pareja es una modificación esencial, aunque no siempre suficientemente significativa, de las circunstancias que se daban en el momento en que se resolvió la anterior relación de pareja.
La existencia de un nuevo núcleo familiar conlleva la aparición de nuevos derechos y deberes entre los miembros de esa nueva pareja, como el cuidado mutuo, que hacen caducar antiguos deberes de la anterior pareja.
¿Implica una nueva pareja un cambio en las obligaciones con los hijos?
No, en absoluto. La obligación de los progenitores para con los hijos sigue intacta tras el inicio de una nueva relación por parte de uno de esos progenitores por lo que, que la madre tenga una nueva pareja, no exime al padre de la obligación de garantizar los derechos de los hijos.
Aun así, es innegable que la situación ha cambiado.
Sin hijos: Renuncia a privilegio para evitar enriquecimiento injusto.
Mantener el uso de la vivienda habitual por parte de un ex cónyuge mientras el otro sigue compartiendo solamente obligaciones es una situación excepcional, un privilegio momentáneo fruto de una necesidad inicial que acaba de modificarse.
Si la aparición de una nueva pareja del ex cónyuge supone un incremento en el patrimonio o los ingresos de esa recién creada pareja, mantener la situación privilegiada inicial podría suponer un enriquecimiento injusto por parte del ex cónyuge que mantiene el uso de la vivienda familiar.
El perjudicado podrá instar a la liquidación de los gananciales y exigir la venta de la vivienda y el reparto de lo obtenido.
Con hijos: Alteración substancial de la necesidad de vivienda de los hijos.
No es que los hijos dejen de tener la necesidad de vivienda, sino que esa necesidad puede seguir garantizada sin que se dé una situación privilegiada por parte de uno de los progenitores.
Para que podamos instar a la venta de la vivienda deberá garantizarse siempre que esos menores no queden desprotegidos por lo que tendremos que demostrar que la aparición de una nueva pareja implica la mejora de la situación económica de la ex cónyuge de una manera significativa.
Es decir, que la nueva pareja aporta ingresos o patrimonio suficiente como para que la situación inicial haya sufrido una modificación significativa.
Hablaremos de ello en un próximo post si hay interés en ello, pero era bastante habitual durante estos años pasados de crisis el intentar fingir que la nueva pareja no tenía ingresos al trabajar en B o cosas similares y tuviéramos también que investigarlo. Hoy en día ya no es tan común.
De todos modos reza para que tu ex pareja no se haya enamorado de un parado de larga duración cargado de obligaciones por relaciones pasadas. Hay alguno que, más que sumar, resta.
Como demostramos la convivencia los detectives privados
Bueno, vamos a lo nuestro, a lo que hacemos los detectives en estas situaciones y en cómo podemos ayudar a resolverlas.
Legitimación de la investigación a ex pareja.
Alguno podrá pensar que investigar a una ex pareja no es legal, que ya no hay derechos ni deberes entre vosotros. Si la relación o el matrimonio ha sido totalmente disuelto o la información requerida sobrepasa el interés legítimo del ex conyuge estará en lo cierto, no todo se puede investigar legalmente ni por todo el mundo.
Investigar a tu ex pareja cuando tiene el uso de la vivienda familiar en todo lo que pueda afectar a ese privilegio SI puede investigarse de una manera totalmente legal y sin ningún tipo de duda. Siempre y cuando lo haga un detective privado, claro, que para algo somos los únicos profesionales legalmente habilitados para ello. Tu cuñado Pepito no.
Lo mínimo que debe constar en el informe de investigación.
La crisis económica y la proliferación de licencias de detective ha llevado al mercado a inundarse de auténticas chapuzas de informes, hechos con prisas, pocas pruebas y muchos brindis al sol con el único objetivo de hacer caja. Informes sin apenas contenido y mucha afirmación sin base real que eran automáticamente rechazados en los tribunales no por ilegales pero sí por inútiles o ineficaces.
Vamos a establecer, según mi particular criterio, unos datos mínimos que deben constatarse en el informe para que éste tenga una utilidad real y decisiva para el cliente.
Observación de relación sentimental.
Creo que es bastante evidente, pero lo primero que hay que demostrar es que existe una relación afectiva como pareja, que son una pareja de hecho y no simples “compañeros de piso” o un “rollete ocasional”. Durante la observación realizada deben constatarse situaciones “de pareja” más allá que la simple convivencia.
Desde unos besos en el parque, andar de la mano o el brazo, asistir como pareja a eventos (cenas, reuniones familiares, etc) o unas vacaciones juntos en la costa. Sin que sea necesario que las acciones sean muy explícitas sí que debe quedar clara esa relación sentimental.
Pernocta habitual como pareja.
Ojo al término “habitual”, eso no implica que tenga que ser forzosamente todos los días pero sí que se dé con una elevada frecuencia. No nos valdrían dos días sueltos y tampoco nos lo invalidaría que una noche por semana no pernoctasen juntos.
También nos serviría, tanto o incluso más, que esa pernocta fuese en la vivienda del otro miembro de la pareja. El demostrar que la pareja tiene otras opciones de residencia en lugar de restar suma.
Signos externos que denotan residencia en el lugar.
Con “signos externos” nos referimos, por ejemplo, a el nombre en el buzón (poco habitual) o a cosas más normales como tender la ropa de la nueva pareja en el tendedero o que ésta estacione su vehículo en un aparcamiento de la vivienda en lugar de en la calle.
Otro signo externo habitual, y para mí muy significativo, sería portar la compra al interior de la casa. La gente no visita casas ajenas cargado con bolsas de Carreflus o del Maradona.
Un solo signo externo no nos indicará nada con rotundidad, pero la conjunción de varios de ellos darán al juzgador la percepción inequívoca de convivencia.
Hay más signos de este tipo, muchos, pero tampoco es cuestión de regalar tanta información a los detectives novatos, que después se acostumbran.
Testimonios de vecinos del lugar.
Ninguno acudirá a testificar voluntariamente para no meterse en follones y probablemente no contestarán a preguntas directas sobre el tema a desconocidos, pero con una cámara oculta y experiencia en este tipo de entrevistas (con preguntas indirectas varias) se suelen conseguir testimonios que confirman conocer, al menos de vista, a la nueva pareja.
Demostrar la efectiva convivencia no es cosa de un día.
Supongo que tras todo lo descrito habréis llegado a esa conclusión, y es cierta, demostrar una convivencia no es complicado pero lleva forzosamente su tiempo y una buena cantidad de horas invertidas.
El punto a favor de este tipo de investigaciones, que mínimo conllevarán 5 o 6 días de investigación, es que el beneficio reportado es casi garantizado y en muy breve espacio de tiempo.
Una investigación bien planificada por un detective privado con experiencia con un informe profesional y bien redactado es garantía de éxito y de acabar con un problema que, de otro modo, podría durar años.
Latest posts by Fernando Mairata (see all)
- DETECTIVES Y EL CANAL O BUZÓN DE DENUNCIAS - septiembre 6, 2023
- Los periodistas siempre mienten - junio 16, 2023
- ¿Por qué cada vez serán más necesarios los detectives privados? Tendencias sociales y de mercado. - mayo 4, 2023
Contents